Escrito por Alejandro:
Fui denunciado en varias ocasiones por la multinacional oftalmológica Clínica Baviera (recientemente adquirida por un gigante chino) . De las demandas interpuestas en la primera fui absuelto. En una segunda investigación a raíz del señalamiento de dicha clínica, el proceso fue finalmente archivado, habiendo lugar para una última demanda que llegó a trámite, y en donde esta vez se me acusaba de “daños al honor” a la clínica que se autodenomina “líder en número de cirugías refractivas” en España, Clínica Baviera. Dicha clínica como ya se denunció en numerosas ocasiones emplea publicidad engañosa, así como publicidad encubierta, hecho por el cual Televisión Española fue sancionada con más de 150.000 euros, y también Atresmedia con más de 100.000€ incumpliendo así el código de deontología de medicina que dice claramente que: “la publicidad está reservada a los espacios y medios específicamente dedicados a este fin. El ciudadano debe percibir con claridad que se trata de un mensaje publicitario. Debe quedar claramente diferenciado el mensaje publicitario de la comunicación del avance científico.” Y lo más grave: esta clínica tiene varias condenas por negligencias médicas tras realizar este tipo de procedimientos, dejando a pacientes con secuelas irreversibles de por vida, así como es la que más afectados acumula en ASACIR.
En los panfletos con publicidad engañosa, el propio doctor y accionista Fernando Llovet, Director Médico de la Clínica, habla de poder “obrar el milagro”, hecho que de nuevo va contra el código de deontología de la medicina que dice que “el médico no utilizará la publicidad para fomentar esperanzas engañosas de curación”. Además de asegurar conseguir que las personas “volvieran a ver perfectamente”, ofreciendo una garantía de resultados del 100%, hecho vergonzoso en cualquier área de la salud. Se suma el mencionar que la corrección del defecto refractivo es de “forma definitiva”, cuando todos los estudios muestran una alta prevalencia de regresión tras la cirugía ocular láser. Por ejemplo y según el Instituto de Óptica de Valladolid: “casi la mitad de los intervenidos vuelven a necesitar gafas pasados los años”.
En la demanda presentada, la Clínica Baviera me pedía nada más y nada menos que 9.000 euros, siendo un afectado tras la cirugía realizada en dicha clínica para “corregir” mi miopía, y desde la que entonces tengo problemas visuales así como dolor ocular crónico. Conviene recordar el estudio de la organización de consumidores OCU, donde la Clínica Baviera fue analizada en dos provincias (Barcelona y Sevilla), y sus puntuaciones de información al paciente fueron pésimas. La OCU usó un estándar del 1 al 100 en la información dada al paciente en la primera consulta, donde este se va a fiar del profesional. Estas clínicas tan solo obtuvieron un 37 y un 12 respectivamente, lo que deja a las claras que la desinformación forma parte fundamental del negocio, como vengo y venimos denunciado desde hace tiempo.
Durante el juicio celebrado la fiscalía solicitó la desestimación de la demanda. En el juicio la Clínica Baviera adjuntaba diferentes documentos como multitud de capturas de pantalla de comentarios de mi Facebook, sobre los cuales la jueza ha sido clara y es que ve las manifestaciones legítimas, “si bien las expresiones utilizadas podían resultar molestas para la Clínica, no lesionaban el derecho al honor”. Incluso señala la jueza que en la página web “aparecen las opiniones de otros afectados e incluso de científicos no partidarios de la técnica de la cirugía refractiva” y apunta la juzgadora “ha leído uno por uno los comentarios”. Hasta aportaron una entrevista de un diario de la ciudad en donde junto a otra afectada de estas cirugías señalábamos los problemas inherentes a las mismas, y en donde si quiera se mencionada a esta clínica, lo que deja claro el interés en frenar se destapen los y peligros de las mismas.
Ante todo esto lo que últimamente quedaba por juzgar era la autoría o no de tres escrituras sobre pared con spray en donde se acusaba a dicha Clínica de “estafar”. El documento indubitado era un documento en donde solamente figuraba mi nombre, apellido, fecha, firma y apenas algún que otro dato personal, mientras el documento dubitado (las escrituras sobre pared) eran tres fotografías. El perito caligráfico de la parte demandada realizó un extenso informe donde las conclusiones fueron que “no existían elementos suficientes para poder determinar que Alejandro haya sido el autor”, incidiendo en que “además la calidad de las fotografías es ínfima, hasta el punto de que en algunos casos son sumamente borrosas, y en otras la fotografía está tomada a distancias que impiden el poder practicar ningún tipo de estudio sobre las mismas”. Considerando por lo tanto “que los elementos dubitados no reúnen los requisitos exigibles como para poder efectuar la pericia solicitada en las condiciones adecuadas.”
Por su parte el perito judicial consideró lo contrario, y fue solo a raíz de esto la conclusión del siguiente fallo: “Que estimando la demanda presentada por Clínica Baviera S.A. representado por el procurador Sra. Carmen Sánchez Romay; contra Alejandro López Vila, representada por la procuradora Doña María Dolores Corredoira Lidor; con intervención del Ministerio Fiscal; declaro que el demandado, Sr. Alejandro López Vila, ha cometido a través de tres pintadas intromisión ilegítima en el derecho al honor de la Clínica Baviea, por lo que procede a condenar a éste a que se retire las pintadas existentes, absteniéndose de volver a realizar dicho comportamiento; por este motivo, condeno al demandado a que pague a la actora la cantidad de 500 euros, por los daños morales causados conforme a los fundamentos de esta Sentencia; asimismo, condeno al demandado a la publicación en su página de “facebook” y de la Asociación de afectados del fallo de la sentencia; sin imposición de costas a la parte demandada”.
Sigo manteniendo que no soy autor de estas tres escrituras, estando totalmente disconforme con el fallo, que hay que recordar es contrario a la solicitud de la fiscalía que solicitó la desestimación de la demanda. No obstante considero que jamás se puede comparar el “daño” de tres pintadas, con el daño que estas cirugías están produciendo en miles de pacientes a los que atiendo personalmente, sin que los Organismos competentes hagan nada, entendiendo por lo tanto las motivaciones del autor o autores de estas acciones reivindicativas. Sí confirmo con orgullo la autoría de las opiniones y toda la amplia documentación científica escrita en mi Facebook y/o repartida a modo de octavillas a los viandantes, lo cual no vulnera en ningún momento el derecho al honor. Pese a todo la sanción dista mucho de lo solicitado inicialmente, que eran nada más y nada menos que 9.000 euros, entre otras cuestiones como el pago de costas. Desestimé recurrir dicha sentencia debido al coste económico y también psicológico que me supuso y supone enfrentarme a este proceso.
Y agradecer el apoyo unánime de las personas que conforman ASACIR, desde donde señalan y señalamos que no fueron pocas las denuncias hasta que finalmente el objetivo de dicha clínica se vio cumplido. No es un hecho aislado y no es la primera vez que un afectado y activista a nivel internacional es finalmente el que tiene que pagar, lo que podríamos calificar como “el mundo al revés”. Pese a todo no pienso retroceder un solo paso en la lucha junto a otros compañerxs por destapar las irregularidades de esta industria, así como que desde la Asociación, a la cual tengo mucho que agradecer, se iniciará una campaña de solidaridad a nivel nacional e internacional sin fisuras, y en donde participarán plataformas de afectados de diferentes países. Una campaña, y trascribo desde ASACIR, donde se “buscará el apoyo económico y moral a Alejandro, considerando que todo esto se debe a que es la cabeza más representativa de un amplio movimiento que cuenta con miles de afectados solo en España».