- Este criterio se iguala al de la Guardia Civil, que también prohíbe su uso desde 2019.
- El nuevo parámetro de exclusión tiene que ver con la protección de la salud de las personas.
Hoy el portal Civio, a través de la periodista Ángela Bernardo, viene de publicar los nuevos criterios de exclusión para acceder al Cuerpo Nacional de la Policía, recogidos en el BOE del Real Decreto 326/2021 del 11 de mayo.
Este nuevo Real Decreto, que busca que los aspirantes muestren un estado de salud idóneo para el puesto al que aspiran, veta, entre otras nuevas circunstancias, a todos aquellos que usen lentes intraoculares fáquicas. Este tipo de lentes, que se insertan dentro del ojo, son usadas para corregir la miopía, hipermetropía y astigmatismo; pero presentan un alto índice de problemas visuales y complicaciones a medio y largo plazo, como la posible pérdida de células endoteliales o la formación de cataratas prematura.
Para el Sindicato Unificado de Policía (SUP), en declaraciones para Norte de Castilla, entienden esta limitación al anteponer la salud de los futuros policías por encima de los intereses laborales.
No solo se protege la salud de la persona con la lente intraocular, sino la de su compañero en caso de estar ante un peligro
Según ha explicado Carlos Prieto, secretario de Riesgos Laborales del SUP, para este medio, el implante de lentes intraoculares fáquicas siempre ha sido un motivo de exclusión, si bien no estaba regulado explícitamente. Esta limitación se encontraba en el anterior real decreto «en un cajón de sastre» bajo la frase: ‘otras causas que puedan limitar las funciones policiales’.
Problema de salud
Prieto considera así que se está protegiendo la salud de las personas y pone como ejemplo «un golpe ocular con la lente fáquica agravaría los efectos del impacto conllevando incluso la pérdida del ojo». Además señala otros problemas como la pérdida de células endoteliales, tal y como alertamos desde ASACIR, que podrían conllevar a sufrir un edema corneal y por ende la necesidad de trasplante de córnea.
Así mismo existen problemas muy frecuentes vinculados a la instalación de lentes intraoculares, como es la dificultad para la visión nocturna, lo que supondría un serie problemas importantes para el desarrollo de profesiones de alto riesgo tal y como demuestran diversos estudios.
De este modo no solo se pondría en peligro la salud del que lleva el implante, sino también la del compañero en caso de estar una operación conjunta, algo con lo que la Dirección General de la Policía no está dispuesta a correr el riesgo.
En 2019 fue la Guardia Civil quien incluía las lentes intraoculares como motivo de exclusión. Tampoco en el Cuerpo General del Ejército del Aire se permite las lentes intraoculares. De hecho, no se permite ningún tipo de cirugía refractiva.
De este modo, España sigue directrices o indicaciones similares a las de Cuerpos y Seguridad de otros estados.
Mientras tanto, desde ASACIR en nuestra reunión con el Ministerio de Sanidad y la Agencia Española del Medicamento en 2016, incluimos entre nuestras demandas la siguiente para que se diese traslado al Ministerio de Interior (el encargado de esta materia):
«Proponer al Ministerio del Interior, y demás Instituciones competentes, el revisar los requisitos mínimos de agudeza visual para entrar en los diferentes cuerpos de seguridad del estado, el ejército o bomberos, recordando problemas como la visión nocturna. Actualmente existen remedios no invasivos para solventar el problema de la agudeza visual, como son las lentes de contacto blandas, duras o las lentes orto-k. Hay que tener en cuenta, además, el incremento de la prevalencia de miopía en la población y cómo muchos opositores pueden pasar estas pruebas pese a tener una visión nocturna pésima causada por la cirugía (recordemos el mito de la visión 20/20). Además, la regresión del defecto refractivo es más que habitual».
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